El TEDH condena la lentitud del sistema judicial: ocho años para pasar por dos instancias
El tribunal recuerda que estos retrasos ponen en riesgo la efectividad y la credibilidad del sistema
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Bélgica por violar el derecho a un proceso judicial con garantías, al entender que el procedimiento, que se ha prolongado durante casi ocho años, no se ha desarrollado en un tiempo razonable. Recuerda, además, que estos retrasos en la administración de justicia ponen en riesgo la efectividad y la credibilidad del sistema.
En este caso, el demandante interpuso una demanda, en 2015, ante el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas para que se anulara la venta de un piso por vicio del consentimiento. Con carácter subsidiario, solicitó que se condenara a los demandados a abonarle una cantidad igual a la diferencia entre el precio de venta y el precio del inmueble, o que se declarara la nulidad del contrato de compraventa por negligencia y se le reembolsara el precio de venta, o que se le concediera una indemnización por daños y perjuicios. También pidió que se nombrara un perito para determinar el valor de la propiedad y el coste de las obras ya realizadas y pendientes de realizar. En 2017, el tribunal desestimó la solicitud de anulación de la venta, pero nombró a un perito y volvió a archivar el caso. Los demandados recurrieron esta decisión. El perito presentó el informe al año siguiente.
En 2018, cuando el caso estaba listo para la vista en apelación, la Secretaría del Tribunal de Apelación de Bruselas informó al demandante de que su caso estaba en lista de espera y que no podía asegurar una fecha antes de marzo de 2026. El demandante se puso en contacto con el presidente del Tribunal de Apelación para intentar que revisara la situación. En 2021 se dictó una sentencia confirmando la resolución inicial, dictada en 2017. A continuación se programó inicialmente una vista para marzo de 2022, pero que posteriormente se aplazó hasta noviembre de 2023, debido a la ausencia del juez encargado del asunto y a la falta de jueces titulares.
Según el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, cualquier persona tiene derecho a un proceso con garantías, lo que incluye que se desarrolle en un plazo razonable.
El Gobierno belga argumentó que el demandante debería haber interpuesto una reclamación por daños derivados del mal funcionamiento de la Administración de Justicia. Sin embargo, replica el tribunal, no consiguió demostrar que esa acción hubiese progresado de una forma más rápida y efectiva que el procedimiento principal por el que se acudió al TEDH, teniendo en cuenta que debería ser tramitado por los mismos órganos judiciales cuya lentitud se denuncia. Esto sin contar con que la Administración se podía haber opuesto a aquella reclamación, generando un mayor retraso en la compensación del daño. Por ello, no consideran que una reclamación de daños fuera efectiva para resarcir los efectos de la lentitud excesiva del procedimiento.
Siete años y ocho meses después de que se iniciara el procedimiento, este seguía abierto y sin respuesta. El Gobierno no ha proporcionado una explicación para estos retrasos, indica la sentencia del TEDH.
El Consejo General del Poder Judicial belga señaló en 2018 que una queja elevada por el demandante en este sentido estaba correctamente fundada y que reflejaba una disfuncionalidad del sistema judicial. En este sentido, el TEDH reafirma la importancia de administrar justicia sin retrasos que ponen en riesgo la efectividad y la credibilidad. Un retraso excesivo afecta a la confianza en el sistema judicial y pone en riesgo el Estado de derecho, insiste. Además, el sistema que protege los derechos contemplados en el CEDH no funciona correctamente si los tribunales nacionales fallan en su función de administrar justicia en un tiempo razonable.
El TEDH señala además que los problemas derivados del tiempo excesivo a la espera de una resolución judicial no han afectado solo al demandante, sino que constituyen una situación de carencia estructural. Se basó en la auditoria llevada a cabo por el propio país sobre la corte de apelaciones de Bruselas.
La sentencia señala además las preocupaciones expresadas por el Comité de Ministros del Consejo de Europa de 2021, que vino a reiterar que los retrasos atribuibles al sistema de Justicia eran responsabilidad de los Estados miembros, por lo que Bélgica debe poner las medidas necesarias para garantizar que sean oídos en un tiempo razonable. Por el perjuicio causado, Bélgica tendrá que resarcir al afectado indemnizándole con la cantidad de 5.000 euros.