La reciente Sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el ‘caso Nummaria’ ha generado un intenso debate entre los profesionales del asesoramiento fiscal y jurídico. No es para menos. La condena de más de 80 años de prisión impuesta a un asesor (aunque limitada por ley a un máximo de nueve) por articular un sistema de evasión fiscal que afectó a decenas de clientes, entre ellos figuras públicas como Imanol Arias y Ana Duato, obliga a reflexionar. No solo por el impacto mediático, sino por lo que representa: un recordatorio de los límites entre el ejercicio profesional legítimo y la cooperación con el fraude.

Pero esta sentencia no hace más que recordar que asesorar no es encubrir, ni mucho menos diseñar estructuras para delinquir. Quien lo hace, deja de ser un profesional para convertirse en cooperador necesario de un delito. Y eso, como hemos visto, tiene consecuencias penales reales.

Los profesionales del asesoramiento fiscal y contable (abogados, economistas, gestores administrativos, asesores fiscales y contables, etc.) actúan en un terreno delicado. Las personas que acuden a los asesores fiscales y contables lo hacen porque confían en dichos profesionales, porque no dominan la materia que quieren resolver y necesitan ayuda. Esa confianza es un privilegio, pero también una gran responsabilidad. Y a veces se pone a prueba, cuando un cliente plantea soluciones fiscales “creativas”, plantea atajos o directamente propone prácticas que vulneran (o rozan peligrosamente) la legalidad.

Es precisamente en esos momentos cuando se define el verdadero carácter del profesional. Porque no se trata solo de tener conocimientos técnicos: se trata de tener integridad. De saber decir que no cuando el cliente espera un sí. De explicar con claridad qué se puede hacer, qué no, y qué consecuencias puede tener cada decisión.

Para proteger la labor de asesoría y a los clientes, contamos con una guía clara: la lex artis, el conjunto de principios jurídicos, técnicos y deontológicos que deben regir nuestra actuación. A diferencia de otros sectores donde se exigen resultados, nuestra responsabilidad es una obligación de medios: debemos actuar con diligencia, con honestidad, con transparencia y dentro del marco legal. No prometemos milagros, pero sí garantizamos una actuación profesional. Y esa lex artis no solo guía al asesor. También le protege. Cuando se actúa conforme a ella, la jurisprudencia es clara: no hay responsabilidad penal, civil, ni tributaria. El profesional queda amparado siempre que pueda acreditar que ha actuado dentro de los márgenes que exige su oficio. De hecho, muchos tribunales han señalado que no es suficiente con que un cliente sea sancionado o inspeccionado para que se derive responsabilidad al asesor. Solo cuando hay dolo, negligencia grave o incumplimiento manifiesto de la legalidad se abre esa puerta.

Y la diligencia profesional exige una serie de pautas que deben ser seguidas en el asesoramiento fiscal y contable:

1. Actuar siempre dentro del marco legal.

2. Informar por escrito de los riesgos de las decisiones controvertidas.

3. Documentar la posición de la Administración y explicar alternativas.

4. Dejar constancia expresa de la decisión del cliente si decide asumir un riesgo.

5. Conservar la documentación durante al menos cinco años.

6. Mantener la independencia, incluso cuando eso implique perder un cliente.

Estas pautas no son meros consejos. Son la base de un ejercicio profesional responsable, seguro y conforme al Derecho. Y lo más importante: permiten al asesor actuar con la tranquilidad de saber que, si todo está bien hecho, no habrá responsabilidad.

Cuando se cruza la línea: Cuando estamos ante alguien que diseña activamente estructuras para defraudar. Que no advierte a sus clientes, sino que les conduce a un modelo deliberado de evasión. La Justicia, en casos similares, califica a este asesor como cooperador necesario del fraude. No como víctima, ni como mero transmisor. Y esa diferencia lo cambia todo. Porque asesorar no es tramar. Asesorar es proteger, es ayudar, es orientar. Es decir, la verdad, aunque duela. Y quien confunde asesorar con encubrir, no solo pone en riesgo a sus clientes: pone en riesgo su libertad y, lo que es peor, la reputación de toda una profesión.

per | ag. 2, 2025