El Ministerio de Hacienda emitió una nota informativa el 5 de octubre de 2026 anunciando este importante cambio en el calendario. El motivo principal es unificar los plazos de Verifactu con los de la factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) para evitar duplicidades y dar mayor margen de adaptación a las pymes y autónomos.

El nuevo calendario queda así: Octubre de 2027: Obligatoriedad de la factura electrónica B2B solo para grandes empresas con una facturación superior a los 8 millones de euros. – Octubre de 2028: Obligatoriedad de Verifactu y de la factura electrónica para el resto de empresas, pymes y autónomos (unificando los plazos que antes estaban previstos para inicios y mediados de 2027). Este margen extra permitirá coordinar el sistema informático español con la futura directiva comunitaria ViDA (VAT in the Digital Age), fijada a nivel de la Unión Europea.

Es importante destacar que, aunque los plazos de uso obligatorio para los contribuyentes se han retrasado, la obligación para los desarrolladores de software sigue vigente. Los fabricantes de sistemas informáticos de facturación ya deben comercializar programas que cumplan con la normativa y los requisitos técnicos de inalterabilidad y trazabilidad de los registros.

 

per | oct. 10, 2026