Está claro que la gestión de una contingencia sobrevenida como es la Covid-19 no es una labor fácil para el administrador social, con independencia del tamaño de la empresa, ya sea una pyme o una cotizada.
La Ley de Sociedades de Capital regula en sus artículos 225 a 229 los deberes de los administradores, destacando entre ellos, por su importancia a la luz de los últimos acontecimientos, la obligación de ser Diligente.
Los administradores deberán desempeñar el cargo y cumplir sus deberes con la diligencia de un ordenado empresario adoptando las medidas precisas para la buena dirección y el control de la empresa.
¿Hasta dónde alcanza la buena dirección y el control de la empresa?
Es difícil dibujar una línea roja, aunque el conocimiento de una situación de emergencia para la salud pública y la consecuente adopción u omisión de medidas de control y seguridad para evitar la propagación del virus en la empresa, o entre terceros, puede ser un claro ejemplo de responsabilidad, si su gestión se percibe como inadecuada.
Recuerde que es la propia Ley, la que establece que los gestores responderán ante terceros del daño causado por sus actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos, o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes a su cargo, siempre y cuando haya intervenido dolo o culpa (art. 236 LSC). Compromiso que además podría agravarse según el tipo de empresa, industria y actividad.
Serán los jueces los que, en su caso (si media reclamación de responsabilidad), valoren la existencia de actuaciones negligentes, o dolosas en la gestión “pandémica” de su empresa. En esta labor, aunque sea obvio decirlo, la condescendencia y flexibilidad de los tribunales será mayor si el órgano de administración puede justificar sus decisiones en base a la información y recursos disponibles en dichos momentos, incluso en el asesoramiento experto; cobrando importancia la existencia de un sólido plan de compliance, con medidas suficientes para garantizar la salud y el bienestar de sus empleados y la continuidad de la compañía.
A propósito de su responsabilidad, ya en estos últimos meses se han destapado reclamaciones por inexactitudes en la información, falta de supervisión, o incluso situaciones de insolvencia sobrevenidas por la COVID-19. Se trata de dos compañías norteamericanas a las que se les ha interpuesto sendas demandas:
– La primera contra una empresa noruega de cruceros. Norwegian Cruise Line Holdings, Ltd., alegando que la sociedad estaba empleando tácticas de venta engañosas relacionadas con el brote y
– La segunda contra una compañía farmacéutica, Inovio Pharmaceuticals y su Director General, basada en las declaraciones de éste sobre el desarrollo de una vacuna COVID-19 por parte de la empresa.
En ambos casos, el origen de las reclamaciones se fundamenta en la inexactitud de la información trasladada por dichas empresas a sus accionistas, socios y terceros.
Nueva y extraña normalidad
La manera de realizar negocios ha cambiado. Hay que tomar conciencia de ello y prepararse para la carrera de obstáculos que la crisis vírica nos ha dejado. Aunque los indicadores económicos son ciertamente agoreros, vislumbrando una recesión, lo cierto es que esta no afectará a todos por igual. El que sea proactivo, contará con más ventajas. Una actuación a tiempo y la adopción de medidas serán la clave para evitar, o, en el peor de los casos, mitigar, los efectos de la crisis en su empresa. Los administradores sociales son y serán los grandes protagonistas del cambio. Tomar las medidas que puedan proteger a la empresa y, de forma indirecta, a los proveedores y clientes generará un impacto positivo en su cadena de producción y, por tanto, en su negocio.
Decisiones laborales
Establecer un plan de continuidad que recoja las políticas de teletrabajo para empleados y personal de dirección. Conocer hasta cuándo puede durar un ERTE según su tipo; cómo realizar incorporaciones parciales; saber qué implica el compromiso legal de mantener el empleo para evitar sanciones.
Departamento comercial
Coordinar estrategias con los clientes y proveedores; analizar el mercado, el estado de los competidores, así como también fijar estrategias con el fin de poder reaccionar.
Consumidores
Mantener a los consumidores de servicios o productos informados de los posibles problemas que puedan sufrir las entregas o prestaciones evitará reclamaciones y el perjuicio de la imagen de la empresa
Contratos
Revisar los principales contratos suscritos (arrendamientos, suministros, distribuidores, seguros…) y también los supuestos calificados como fuerza mayor; contemplar en los nuevos contratos con clientes y proveedores, la posibilidad de que los negocios se vean afectados por efecto de una pandemia.
Seguridad informática
Reforzar la seguridad informática y los procesos de facturación para asegurar que no haya problemas serios que afecten a la continuidad de la empresa.
Insolvencias
Examinar las cuentas y los balances de la sociedad con el fin de detectar lo antes posible indicios de la falta de solvencia, para llevar a cabo actuaciones con las que mitigar sus efectos.
En todo caso, mucho ánimo para afrontar este difícil periodo, que como todo en la vida, pasará.